ESTADO REGULATORIO ·
¿Postergan la Ley 21.719? Qué sabemos y qué hacer mientras tanto
La pregunta cambió. Hasta julio nos preguntaban cuánto falta para el 1 de diciembre; ahora nos preguntan si esa fecha va a existir. La respuesta honesta, al 18 de agosto de 2026: el 1 de diciembre de 2026 sigue siendo el calendario legal vigente, y al mismo tiempo hay razones concretas para pensar que puede moverse.
La cronología, sin adjetivos
- 13 de diciembre de 2024. Se publica la Ley 21.719 en el Diario Oficial. Vigencia diferida: 1 de diciembre de 2026.
- Mayo de 2026. El Senado rechaza la terna presentada para el Consejo Directivo de la Agencia de Protección de Datos Personales.
- Junio de 2026. Vence el plazo legal para nombrar a los consejeros — seis meses antes de la entrada en vigencia.
- Agosto de 2026. El Ejecutivo reconoce que evalúa postergar. Queda por definir algo no menor: si el aplazamiento alcanza a toda la ley o solo a la puesta en marcha de la Agencia. No hay decisión adoptada ni proyecto de ley ingresado.
La asociación de profesionales de protección de datos (AGPD) pidió públicamente que, si se posterga, el aplazamiento sea acotado a seis meses y que el Consejo Directivo quede designado a más tardar el 1 de diciembre de 2026.
Por qué esto no es una prórroga de tu plan
Tres razones, en orden de urgencia:
1. El otro regulador ya está fiscalizando. La Ley 21.663 creó la Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI), que opera desde enero de 2025, ya publicó instrucciones generales sobre registro, delegado de ciberseguridad y gestión de incidentes, y en julio de 2026 cerró el primer proceso de calificación de Operadores de Importancia Vital: 1.154 instituciones. Si tu empresa quedó en esa nómina, tienes obligaciones exigibles hoy, con multas de hasta 40.000 UTM. Lo desarrollamos en Ley 21.719 y Ley 21.663: dos regímenes, una sola operación.
2. Tus clientes no esperan a la Agencia. Las cláusulas de protección de datos ya están entrando en los contratos y en las bases de licitación. Un encargado que no puede exhibir su registro de actividades de tratamiento pierde el contrato antes de que exista un fiscalizador.
3. Nada de lo que hay que hacer se pierde. El registro de actividades de tratamiento, la revisión de las bases de licitud, los contratos con encargados, el procedimiento de brechas y el ciclo de vida de los datos sensibles son trabajo interno que no depende de que exista la Agencia. Si la fecha se mueve, ese trabajo sigue hecho; si no se mueve, llegaste a tiempo.
La única decisión que sí conviene revisar
Si tenías un gasto grande calzado exactamente contra el 30 de noviembre — una certificación externa, una contratación de DPO a jornada completa, un despliegue de herramienta — vale la pena secuenciarlo: primero lo que sirve igual (levantamiento, registro, contratos, brechas), después lo que solo tiene sentido con una Agencia funcionando (por ejemplo, la interlocución formal y los procedimientos de notificación ante ella).
Qué vamos a hacer en este sitio
Mantenemos el contador y la fecha del 1 de diciembre de 2026 porque es la norma vigente, y publicamos junto a él el estado real del calendario, con fecha de revisión. Si se ingresa un proyecto de ley, actualizamos esta página el mismo día.
Fuentes. Actualidad Jurídica / DOE, 4-ago-2026 · Diario Financiero · trendTIC, 18-ago-2026 · AGPD, vía ESG Hoy · ANCI, cierre del primer proceso de calificación de OIV
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